Springe direkt zu Inhalt

Judicializando las desigualdades: Constitucionalismo de la Desigualdad en América Latina

La constitucionalización del derecho internacional de los derechos humanos es una tendencia que se ha venido desarrollando en América Latina desde hace al menos dos décadas, ya sea mediante reformas constitucionales que otorgan a los tratados de derechos humanos la jerarquía normativa de la Constitución nacional, o mediante la adopción de la doctrina del bloque de constitucionalidad por parte de los jueces constitucionales nacionales. Esto ha dado lugar a que estándares universales de derechos humanos sean aplicados como norma constitucional interna en varios países y a que derechos sociales reconocidos en los instrumentos internacionales puedan ser protegidos domésticamente como derechos constitucionales. En contextos de alta desigualdad estructural (concentración extrema de la tierra, sistemas regresivos de tributación, informalización y precarización del trabajo, etc.) en los que los canales institucionales democráticos (v.gr. el Congreso, los concejos municipales, etc.) y los mecanismos de participación política no son suficientemente efectivos para resolver las demandas sociales de redistribución, la vía judicial se ha convertido en una alternativa de los actores sociales para hacer efectivas sus demandas políticas, traduciéndolas en el lenguaje internacional-constitucional de los derechos humanos. Para los defensores del uso de los tribunales como instrumentos de transformación social en contextos de alta desigualdad, los jueces constitucionales deben adoptar una metodología de interpretación que sea sensible a estas demandas y a las condiciones de inequidad en las que operan. Es lo que he dado en llamar un “constitucionalismo de la desigualdad”.

En algunas jurisdicciones nacionales y en la jurisdicción interamericana, la judicialización de demandas de redistribución ha generado una jurisprudencia progresista que ha protegido el derecho a la igualdad y los derechos sociales más allá del caso individual, lo que ha tenido efectos de compensación y reducción de desigualdades. Sin embargo, judicializar la desigualdad también puede generar nuevas desigualdades o agravar las existentes. No se trata solamente de las diferentes posibilidades de acceso a la jurisdicción por parte de los distintos actores sociales, sino de problemas sustanciales de la constitucionalización del derecho internacional, en especial, la esencialización de las identidades. La traducción de demandas políticas de redistribución en términos de derecho internacional de los derechos humanos ha implicado en algunos casos su transformación en demandas de reconocimiento, lo que a su vez supone que el grupo social demandante tiene que presentarse con una identidad específica que lo haga titular de los derechos que invoca: v.gr. acceder a la propiedad de la tierra como quilombolas en Brasil, garífunas en Centroamérica o comunidad étnica en el Chocó colombiano. Esta rígida fijación de identidades excluye a una serie de actores sociales que no encajan dentro de las categorías identitarias que el derecho constitucional e internacional tutelan, reforzando desigualdades etno-raciales inter- e intra-grupales.

Más allá del cuestionamiento tradicional de la doctrina europea y anglosajona acerca de la legitimidad de los jueces constitucionales de intervenir en la problemática de la desigualdad, el proyecto de investigación pretende explorar las ventajas y límites de incorporar la desigualdad como asunto central en la agenda constitucional latinoamericana, atendiendo las particulares condiciones en que el derecho constitucional debe operar en la región más desigual del mundo.

 

Banner BMBF en